Daniel Vera, jubilado de 64 años y residente en Resistencia, Chaco, permanece detenido desde hace siete meses por haber publicado en la red social Facebook mensajes críticos hacia el presidente Javier Milei y el gobierno nacional, así como por expresar su apoyo a la causa palestina.
Los hechos
El 2 de julio de 2025, la casa de Daniel Vera, en Resistencia, fue allanada por la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, por orden del juez Ariel Lijo, debido a publicaciones en Facebook que criticaban al gobierno y al presidente Milei.
Es importante destacar que la Policía de la Ciudad de Buenos Aires tiene jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pero puede actuar en otras provincias con la autorización de la justicia federal. En este caso, la orden de allanamiento fue emitida por un juez federal, lo que permitió a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires actuar en Chaco.
La Policía secuestró computadoras, pendrives y armas de aire comprimido, y Vera fue detenido y llevado a la Comisaría 3°de Resistencia. Está acusado por amenazas anónimas e incitación al odio.
Daniel había utilizado el seudónimo “Elpidio Sánchez” para publicar imágenes y mensajes que denunciaban el genocidio en Gaza y criticaban a figuras públicas como Milei, Netanyahu y otros.
Desde el 11 de julio del 2025, después de que el Comité provincial para la Prevención de la Tortura del Chaco interviniera y denunciara violaciones a los derechos humanos en el procedimiento y acusaciones a Daniel, este se encuentra bajo arresto domiciliario.
La justicia federal, a cargo del juez Ariel Lijo, ha rechazado varios pedidos de excarcelación, a pesar de que la pena máxima es excarcelable.
El fiscal Nicolás Czizik ha solicitado que el juicio de Daniel Vera se lleve a cabo sin suspensión de la pena, lo que significa que no se considerará la posibilidad de suspender la pena en caso de que Vera sea encontrado culpable.
Esto implica que, si es condenado, Vera podría enfrentar la pena máxima prevista por la ley. Por Amenazas Anónimas la pena puede variar de 1 a 3 años de prisión, según el artículo 149 bis del Código Penal. Por Incitación al odio: la pena puede ser de 3 a 9 años de prisión, según el artículo 510 del Código Penal.
En otras palabras, el fiscal está pidiendo que se aplique la ley de manera estricta y que no se le otorgue a Vera la oportunidad de cumplir su condena de manera condicional o suspendida.
La suspensión del juicio a prueba es un instituto que permite al imputado evitar la condena si cumple con ciertas condiciones, como la reparación del daño causado o la realización de trabajos comunitarios. Sin embargo, en este caso, el fiscal considera que no es aplicable
La fiscalía sostiene que las publicaciones de Daniel constituían amenazas directas contra el presidente Milei y otras figuras públicas. El caso está siendo juzgado en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Persecución política, censura y control
El abogado de Daniel Vera, Ignacio Funes Peralta, ha denunciado que la causa es un caso de “persecución política” y que las publicaciones de Vera no constituían amenazas. Organizaciones de derechos humanos y colectivos sociales han expresado su apoyo y denunciado la persecución política, judicial, censura y control.
El caso de Daniel Vera se enmarca en un contexto de creciente represión y persecución política en Argentina y se encamina hacia el juicio oral, que se estima será en el 2026.
Su detención es un ejemplo de cómo el poder puede ser utilizado para silenciar y disciplinar a la oposición o quien piense u opine distinto. Desestabilizando totalmente la institucionalización democrática y atacando directamente el funcionamiento republicano de gobierno y las normas básicas de la democracia